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Fondos de Capital Privado

Organización del Fondo de Capital Privado

Los Fondos de Inversión y los Fondos de Capital Privado se parecen, pero no son lo mismo: la diferencia principal radica en que los Fondos de Inversión se ofrecen al gran público inversionista a través del mercado de valores, mientras que los Fondos de Capital Privado se ofrecen a inversionistas calificados o institucionales a través de ofertas privadas.


La captación de capital en el Mercado de Valores es una actividad regulada y restringida a entidades financieras autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. La captación de capital privado por su parte es una actividad de libre ejercicio a la luz del artículo 8 de la Ley del Mercado de Valores, conforme al cual es posible llevar a cabo la oferta privada de valores no inscritos en el Mercado de Valores, en los siguientes casos:


  1. Se realice exclusivamente a inversionistas institucionales o calificados.
  2. Se ofrezcan valores representativos del capital social de personas morales, o sus equivalentes, a menos de cien personas, con independencia de que sean de una o más clases o series.
  3. Se realice al amparo de planes o programas aplicables en forma general a empleados o grupos de empleados de la sociedad que emita los valores o personas morales que ésta controle o que la controlen.
  4. Se efectúe a accionistas o socios de personas morales que realicen su objeto social exclusiva o preponderantemente con éstos.


La realización de ofertas privadas distintas de las señaladas en las fracciones anteriores, requiere de la autorización previa de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.


Los vehículos de inversión que suelen utilizarse a nivel nacional para la constitución de los “fondos de capital privado” son las Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión (SAPI), las Sociedades de Responsabilidad Limitada, las Asociaciones en Participación y los Fideicomisos de Inversión en Capital de Riesgos.


En ese sentido, el marco normativo aplicable a la organización y funcionamiento del “fondo de capital privado” será la que rija al vehículo de inversión de que se trate.

Fondos de Capital Privado más populares 

SAPI

Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión. Los accionistas (en este caso, Promotores e Inversionistas) responden por las deudas de la sociedad hasta por el monto de sus aportaciones. Si bien la SAPI no se considera fiscalmente transparente, puede ser un vehículo idóneo para levantar capital, sobre todo cuando los beneficios fiscales derivados de la transparencia no ameriten incurrir en los costos de constituir un fideicomiso (por ejemplo, fondos de baja cuantía).

Sociedad Limitada

  • Hay un Socio General (los Promotores del Fondo) que responde de manera ilimitada y subsidiaria por las deudas sociales en caso de haberlas.
  • Hay varios Socios Limitados (los inversionistas del Fondo) que responden de las obligaciones sociales hasta por el monto de su aportación.

Fideicomisos

  • Fideicomiso de Inversión en Capital Privado (FICAP) Se trata de Fideicomisos constituidos en términos de los artículos 192 y 193 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Fideicomiso de Administración No Empresarial Transparente. Se trata de fideicomisos que son considerados como transparentes bajo la legislación fiscal.
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